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Se centrará en los proyectos inmobiliarios que se están desarrollando, desde la promoción, la construcción, la comercialización y la intermediación. El alquiler, tanto residencial como vacacional estarán en el foco del organismo.
El sector inmobiliario nuevamente va a acaparar la atención de la Agencia Tributaria en su labor inspectora contra el fraude fiscal, según se desprende de las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2026 del organismo dependiente del Ministerio de Hacienda. En concreto, reforzará este ejercicio sus actuaciones de prevención del fraude en el real estate, en un contexto de fuerte desarrollo y crecimiento y de “nuevas manifestaciones en el modelo de negocio en el que se desarrolla el mismo”.
El fisco centrará su lupa inspectora en todas y cada una de sus fases, es decir desde la promoción, la construcción, la comercialización y la intermediación. Según el documento publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la ‘mirada inspectora’ pondrá sus ojos en los principales desarrollos inmobiliarios que se están impulsando en la actualidad, con el fin de “garantizar que los flujos económicos que se generan en todas sus fases queden debidamente reflejados en las correspondientes autoliquidaciones”. El control de costes, la subcontratación abusiva y los gastos financieros serán objeto de un control pormenorizado en caso de detectarse riesgos potenciales.
En particular, la Agencia Tributaria prestará atención a la correcta valoración de los inmuebles en las transmisiones, muy especialmente cuando intervengan entidades vinculadas o estructuras societarias, al tiempo que se reforzará el control tributario sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa tributaria, especialmente en operaciones complejas de promoción, rehabilitación y transmisión sucesiva de inmuebles.
En esta misma línea, Hacienda realizará un seguimiento específico de las estructuras empresariales, societarias y patrimoniales que puedan ser utilizadas en el sector inmobiliario, con el fin de identificar esquemas que puedan tener como objetivo la indebida reducción de la carga tributaria.
Otras de las actividades habituales en los objetivos de control de la Agencia Tributaria, son los alquileres, bien residenciales o vacacionales. En 2026, se intensificarán las actuaciones dirigidas a verificar la correcta declaración de los rendimientos obtenidos, con especial atención a los alquileres gestionados a través de plataformas digitales.
El sector puro de la intermediación en la venta y el arrendamiento de inmuebles tampoco escapará del control. Su objetivo será garantizar que el régimen de comisiones en las que se basa la actividad de un buen número de inmobiliarias tenga un adecuado reflejo en las declaraciones tributarias de los sujetos pasivos intervinientes en este tipo de operaciones.
Internacionalización
La internacionalización e integración de la actividad económica a nivel mundial, acentuada por el desarrollo de la digitalización de la economía, han dado lugar a que las operaciones vinculadas internacionales tengan una importancia sustancial en la economía actual. Ello, unido al riesgo fiscal inherente a este tipo de operaciones, hace que vuelvan a constituir un ámbito prioritario entre las actuaciones inspectoras en 2026.
Los ámbitos que continuarán siendo destacados en 2026 en materia de precios de transferencia son: las reestructuraciones empresariales; la valoración de transmisiones o cesiones intragrupo de distintos activos, en particular, los intangibles; la deducción de partidas que pueden erosionar significativamente la base imponible, como los pagos por cánones derivados de la cesión de intangibles o por servicios intragrupo; la existencia de pérdidas reiteradas; o las operaciones fiscalmente vinculadas de carácter financiero.
La comprobación de los precios de transferencia forma parte de la documentación exigida por la normativa tributaria. Por ello, se prestará especial atención al cumplimiento de las obligaciones de documentación en materia de precios de transferencia, no solo desde un punto de vista formal, sino también material, incidiendo en el análisis sustancial de las funciones, activos y riesgos contenidos en dicha documentación.
Curiosamente, otra de las líneas de actuación que se impulsarán especialmente, tanto en las tareas de investigación como en las de comprobación, será la que se refiere al control sobre aquellos contribuyentes en los que existan discordancias entre el nivel de vida y signos externos de riqueza que presentan, y las rentas o el patrimonio declarados. Así se contempla en el plan de control que, en estos supuestos, puede existir una ocultación de rentas o patrimonio que presuntamente están financiando dicho nivel de vida y signos externos.
También se prestará especial atención a la práctica consistente en la utilización abusiva de sociedades instrumentales para eludir el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (Irpf) y el Impuesto sobre el Patrimonio. A través de dichas sociedades, sus socios estarían sufragando gastos personales de todo tipo y situando y financiando toda una variedad de activos para su uso personal o consumo, tales como viviendas residenciales, fincas, vehículos, embarcaciones, aeronaves o colecciones de arte.



