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Ofrece avales de 2.000 millones para incrementar el parque de alquiler social o asequible y 280 millones para pymes fabricantes que utilicen sistemas de construcción industrializada. Crea el Fondo de Vivienda de Impacto Social.
Ante el fuerte déficit de vivienda que presenta el país y que podría superar incluso el millón de unidades en los próximos años, a nadie se le escapa que una posible solución es la incentivación de su construcción, que actualmente apenas sobrepasa las 100.000 unidades anuales frente a una demanda que casi duplica esta producción. Es por ello por lo que el Gobierno ha dado un guiño al sector promotor y constructor en el decreto de vivienda aprobado este martes, aunque siempre desde el sesgo de vivienda asequible o pública.
El primer decreto publicado este miércoles en el BOE se recoge la creación en un plazo de seis meses de un procedimiento de certificación o reconocimiento de la figura que denomina “proveedores sociales de vivienda asequible” que regulará el Ministerio de vivienda, denominación bajo la que se incluirá a las cooperativas, con el referente de las Housing Associations, a los efectos de viabilizar y fomentar regulatoria y fiscalmente su actividad.
Con el objetivo de seguir fomentando la promoción de vivienda asequible, se crea el Fondo de Vivienda de Impacto Social, sin personalidad jurídica y de duración indefinida y adscrito a Vivienda cuya finalidad va a ser la financiación de proyectos innovadores de vivienda que generen impacto social positivo y atraigan inversión privada. También se modifica la legislación sobre hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento de posesión para incluir, entre los bienes hipotecables, el conjunto de componentes industrializados destinados a la construcción de edificios, fabricados en un entorno controlado para su posterior transporte, recepción, montaje y ensamblaje en obra. Una medida que facilita su utilización como garantía en la financiación del proceso productivo.
Se regula una línea de avales de hasta 2.000 millones de euros, mediante convenios entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Instituto de Crédito Oficial (ICO), por un plazo de hasta treinta y cinco años. La cobertura parcial alcanza préstamos a promotores públicos y privados destinados a incrementar o mejorar el parque de alquiler social o asequible, dentro de la Facilidad ICO MRR para Promoción de Vivienda Social o con cargo a la estrategia de inversión España Crece. Los convenios determinarán las condiciones de los préstamos, la verificación de requisitos y la aplicación presupuestaria para atender las ejecuciones, con crédito ampliable. Se prevé la publicación de los avales en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
También se financiará a empresas fabricantes de sistemas industrializados. Así se autoriza una línea de avales de cobertura parcial de la financiación del ICO para pymes fabricantes o promotoras que utilicen sistemas de construcción industrializada, dentro de la línea ICO Crecimiento Construcción Industrializada para inversión y circulante. “Su finalidad es impulsar la capacidad industrial y el circulante asociado a la fabricación de vivienda”.
El importe máximo de avales será de 280 millones de euros y se prevé su otorgamiento hasta 2040, con posibilidad de extensión por acuerdo del Consejo de Ministros. La regulación exige el cumplimiento de las normas europeas sobre ayudas de Estado y prevé la atención de las ejecuciones con cargo a una aplicación del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana que se concrete en el convenio, con crédito ampliable.
Mediante el primer decreto aprobado por el Gobierno se modifica la ley que regula las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario, más conocidas como Socimis, mediante la cual se eleva del 15% al 25% el gravamen sobre los beneficios de estas entidades, cuando procedan de una actividad de alquiler de viviendas, “cualquiera que sea su modalidad o duración, incluidos los destinados a alojamiento u hospedaje, fines turísticos o de corta duración.
Este gravamen especial del 25% podrá reducirse en un 50% siempre y cuando, tratándose de entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas, estos activos destinados al alquiler a precio asequible representen más del 80% del parque total de viviendas destinadas al arrendamiento. Pero podrá reducirse hasta en un 100% en el caso de que las viviendas destinadas al alquiler asequible representen también más del 80% de su parque total destinado a este fin, y además el importe de los beneficios obtenidos en el ejercicio que no sea objeto de distribución se reinvierta, “en el plazo de tres años, en viviendas destinadas al alquiler a precios asequible”.
En virtud de la norma aprobada por el Ejecutivo los ayuntamientos podrán fijar recargos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para provocar un efecto de movilización de viviendas vacías. Estos recargos podrán alcanzar incluso el 150% en el caso de propietarios de dos o más viviendas que hayan permanecido vacías durante más de tres años.
El decreto crea la figura de ‘Tu Casa’, un mecanismo de financiación para facilitar el acceso a la primera vivienda habitual hipotecada. Permitirá conceder préstamos por hasta el 20% del valor de la vivienda, con un límite de 50.000 euros, como complemento de la financiación privada (80%). Según se recoge en el articulado del decreto, los préstamos tendrán un plazo de hasta diez años, un tipo de interés cero y estarán exentos de comisiones. El periodo de carencia podrá extenderse hasta la finalización de la hipoteca, con un máximo de 30 años. Las viviendas adquiridas mediante este mecanismo quedarán sometidas permanentemente a un precio máximo de transmisión.



